Caso Milio: comienza el primer juicio por jurado en San Martín
Se trata de la empresaria asesinada el 28 de octubre del año pasado en ese departamento del Este provincial. Julio Mendoza, ex pareja de la víctima, es el único imputado por el femicidio. Detalles.
 
Por Javier Disparti
30 de julio de 2019
Crédito: Este Online.
 

Este martes, en el Palacio Judicial de San Martín, comienza el juicio por el femicidio de Ivana Milio (46), la empresaria asesinada el 28 de octubre del año pasado en su vivienda del barrio Solares del Centro, de San Martín. El caso será el primero que se resuelva a través de un juicio por jurado en el Este mendocino.

El Ministerio Público Fiscal sostiene la teoría de que Julio Mendoza (32), ex pareja de la empresaria y el único imputado por el femicidio, fue el autor del crimen. El hombre, que se encuentra detenido desde el 30 de octubre, está acusado de homicidio doblemente agravado por su situación de convivencia preexistente y por mediar violencia de género.

Desde el primer momento, el principal sospechoso fue el novio de la víctima, Julio Mendoza, quien se fugó en un Ford Focus de la víctima y lo abandonó en calle Guajardo y Ruta 50, del distrito Alto Verde. En el interior del automóvil, había manchas de sangre. Desde ese momento, Mendoza fue intensamente buscado por la policía, hasta que se entregó por la presión social.

Cabe señalar que el juicio se realiza con su estructura clásica: el juez, el fiscal que investigó el hecho, el abogado del acusado y el que representa a la familia de la víctima, más el jurado (conformado por doce personas) que debe hacer su juramento de compromiso para actuar conforme a la ley.  

Luego se presenta el caso, las diferentes hipótesis de las partes, se ofrecen pruebas, declaran testigos y se desarrollan los alegatos, en donde se hacen los pedidos de penas. Superada esta instancia, el jurado pasará a deliberar con total privacidad y uno de sus miembros le comunicará al juez la resolución, para que el magistrado lo anuncie en la sala.  

En Mendoza sólo se juzgará de esta manera los delitos con pena única de perpetua, lo cual implica que si el fallo es condenatorio, deberá ser unánime. Un sólo voto en contra, o sea a favor del sospechoso, hará que el proceso se declare “estancado”.

En este caso el juez debe asistir al tribunal para tratar de superar este punto. Si no prospera, se le preguntará al fiscal si desea mantener la acusación. Y si la respuesta es afirmativa se ordenará otro debate con un nuevo jurado.  

Sin demasiadas vueltas ni rodeos, las personas que queden seleccionadas, previo sorteo, definirán el futuro procesal de acusados por graves delitos que contemplan la pena única de prisión perpetua. El jurado decidirá si van a la cárcel durante casi toda su vida o si quedan en libertad.  

¿Quiénes pueden formar parte del jurado?  

El primer paso es conformar un padrón integrado por todos los ciudadanos argentinos nativos o naturalizados con no menos de cinco años de ciudadanía y que tengan una residencia permanente no inferior a cuatro años en el territorio provincial y de dos años en la circunscripción de la provincia en la que vayan a ejercer como jurados. 

Los aspirantes deben tener entre 18 y 75 años, comprender el idioma nacional, saber leer y escribir y contar con el pleno ejercicio de los derechos políticos. Quedan exceptuados los funcionarios, empleados del Poder Judicial y del Ministerio Público Fiscal, abogados, escribanos, integrantes de las fuerzas de seguridad y de las penitenciarías, cesanteados o exonerados de la administración pública, profesores universitarios de disciplinas jurídicas o de medicina legal, peritos inscriptos y los que estén sometidos a procesos penales.  

Con certificados correspondientes, quedarán excluidos los que no estén en condiciones de salud o limitados en sus capacidades y los incluidos en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos.

Los que pasen estos filtros son sorteados a través de sus números de documento por la Junta Electoral de la provincia. A los que les toque ejercer la función les llegará al domicilio una comunicación para informarles que forman parte de la lista y que durante un año podrán ser convocados para participar de un juicio.  

¿Me pagan por hacerlo?  

Los que desarrollen la función serán retribuidos económicamente. Quienes trabajen en relación de dependencia podrán tomarse los días en los que se encuentren afectados a la tarea, y recibirán en sus sueldos este extra por su desempeño en la Justicia. A los independientes o desempleados les pagará el Estado provincial.  

Los jurados cobrarán 1.100 pesos por día y, además, se reconocerán gastos de transporte, manutención diaria y se proveerá de refrigerio y comida. Cuando corresponda, el juez debe arbitrar las medidas necesarias para disponer el alojamiento de los miembros del tribunal.

¿Puedo no aceptar la convocatoria?  

Ser integrante de un jurado popular es un deber ciudadano, como votar, que no puede eludirse a excepción de que exista una prescripción médica. En caso de haber sido sorteada y no asistir al debate, la persona en cuestión será investigada por el delito de desobediencia.