Marinelli explicó las características de la nueva gestión del agua subterránea

El Superintendente General de Irrigación explicó la nueva visión en relación al manejo de pozos y destacó una serie de medidas que darán un nuevo orden al sistema de napas. Se prevé un antes y un después en la temática y tranquilidad para los usuarios.

DOMINGO 17 DE DICIEMBRE DE 2017 . 18:00

(Foto: Gentileza).

 

El Superintendente General de Irrigación, Sergio Marinelli, explicó los alcances de cuatro resoluciones emitidas por el organismo encargado de administrar el agua, que tienden a ordenar de modo integral la distribución y manejo de pozos en el territorio provincial mendocino.

Las resoluciones N° 1540, 1541 y 1542 de Superintendencia y la resolución  N° 751 del Honorable Tribunal Administrativo de Irrigación resuelven de modo equitativo la concesión de pozos, de ahora en más, ya que según estudios desarrollados por irrigación y avalados por el INA y la UTN muestran que algunas zonas como el norte y centro de nuestra provincia se encuentran con pronóstico desfavorable.

Posteriormente, un análisis en materia legal y técnico de lo ya actuado derivó en una serie de consideraciones que muestran un tratamiento integral que prevé todos los aspectos involucrados en un justo manejo del agua subterránea.

Hoy, el Superintendente puede revisar uno por uno los pedidos de pozo ya hechos y  otorgar o limitar los pedidos en zonas con mal pronóstico.  El nuevo sistema intenta distribuir de manera sumamente equitativa y justa: ‘Hay 150 pedidos hechos hace pocos y otros de larga data.

Esos pedidos serán revisados uno por uno. Cada usuario tendrá tranquilidad y oportunidad en relación al agua subterránea, pero siempre sujeto a la disponibilidad en cada acuífero. Mientras vayamos resolviendo pedidos ya hechos iremos considerando otros’.

Prioridades

Personas jurídicas públicas, comprendidas las inspecciones de cauces.

Consorcios, asociaciones o cooperativas de usuarios.

Personas físicas o jurídicas de naturaleza privada, cuyas propiedades o establecimientos gocen de una concesión para uso de aguas públicas superficiales y el aprovechamiento requerido sea para completar la superficie o volumen concedido o para mantener los cultivos existentes.

Personas físicas o jurídicas de naturaleza privada para el cultivo de tierras sin derecho de aguas superficiales o para cualquier otro uso. En igualdad de condiciones se preferirá la que primero haya sido presentada.

Al mismo tiempo, se implementarán medidas como inspecciones y  la imposición de la sanción de “multa de agua” en caso de detectarse mayores extracciones a las autorizadas a deducir del volumen que le corresponda para los ciclos agrícolas siguientes, sistematización de la información y desarrollo de modelos hidrogeológicos de cada acuífero, fomento del uso mancomunado y colectivo del agua subterránea a través de la creación de consorcios de usuarios de aguas subterráneas y el acceso a todo usuario del mapa de zonas de Disponibilidad elaborado por la Secretaría de Gestión Hídrica, el que será utilizado para resolver futuras solicitudes de permisos de perforar  en la Provincia de Mendoza.